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Champlains Towers South, el otro impacto de la tragedia

Escrito por el 30 junio, 2021

Por Gustavo D'Agostino, experto en Reaseguros

El derrumbe en Miami de la torre Champlain Towers South, un edificio de 12 pisos construido en 1981, es una tragedia de la cual se seguirá hablando por mucho tiempo. Mientras los rescatistas siguen buscando sobrevivientes, y los medios publican todo tipo de versiones, las esperanzas de encontrar gente con vida se van diluyendo. Hacemos votos para que de los más de 150 desaparecidos se encuentren algunos con vida.

El motivo de este ensayo, sin embargo, tiene que ver con otro aspecto de la tragedia, el cual es el impacto que tiene el siniestro en la industria aseguradora. Cuando la torre se derrumbó, el siniestro resultante afectó o podría afectar una serie de coberturas que se analizan en forma separada.

Cobertura de Vida

El seguro de vida, un eufemismo que usa la industria aseguradora para cubrir el propósito real de la cobertura que es el seguro de muerte, es el único riesgo que fatalmente se realiza. Todos vamos a morir y en ese momento el seguro de Vida pagará a los beneficiarios designados el monto asegurado en la contratación. Dos aclaraciones en este punto. El beneficiario puede ser cualquiera, en esto no hay herederos forzosos. Lo segundo es que es el único seguro donde se admite la pluralidad. Por cubrir la vida del asegurado, cuyo valor es totalmente subjetivo, se puede sacar más de una póliza sin que esto constituya una infracción a la “Cláusula de Enriquecimiento del Asegurado en Caso de Siniestro”.

Por lo tanto, en este caso, aquellos copropietarios que tuviesen pólizas de seguro y hayan fallecido en el derrumbe constituyen un siniestro a sus pólizas. Esto es indiscutible y es, de todos los siniestros que surjan de este hecho, el que tiene una sola resolución posible. La aseguradora paga a los beneficiarios contra el certificado de defunción.

Cobertura del edificio

 El consorcio y los departamentos que lo componen tienen seguros integrales, de consorcio y combinado familiar respectivamente. El primero es obligatorio, el segundo, no. En ninguna de las dos pólizas, el derrumbe está cubierto. Derrumbe no es un riesgo básico en las pólizas de Incendio y Riesgos Aliados de Estados Unidos. Se debe contratar por separado, algo que hasta lo que ocurrió con Champlain Towers no era necesariamente una complicación, pero que sospecho que ahora pasará a serlo.

Lo más probable sea que el edificio no tuviera cobertura de derrumbe. Por lo tanto, su reconstrucción quedará a cargo de quien sea declarado responsable de la falla estructural que llevó al siniestro.

Es en este punto donde le panorama se empieza a complicar.

El edificio cumplía cuarenta años este año. De acuerdo a la legislación edilicia del condado de Dale, en este año debía pasar por una inspección integral de su estructura y medidas de seguridad. Esto ahora cambiará por una investigación completa de los factores que contribuyeron al derrumbe.

Se sabe ahora que el edificio hacía años que presentaba daños estructurales en paredes portantes y columnas de cimentación, lo que llevó al consorcio a contratar los servicios de un especialista para redactar un informe que determinase la gravedad de los defectos que se veían a simple vista.

En 2018, se contrató a una consultora, dirigida por el ingeniero Frank Morabito, quien en su informe manifiesta que se han observado los ya mencionados daños en paredes y columnas, más filtraciones de agua en ventanas y balcones, durante tormentas. Debido a estos deterioros, recomienda: “Aunque parte de este daño es menor, la mayor parte del deterioro del concreto debe repararse de manera oportuna” (SIC). Morabito en ninguna parte de su informe, habla de que exista peligro de derrumbe; sí escribió que los daños observados requerían “reparaciones destinadas a mantener la integridad estructural del edificio” (SIC)

En consecuencia, Morabito dio una señal de alarma, sin comprometerse demasiado. Algo que parecería ser común con lo que se observa en América Latina. Como Miami es una sucursal de América Latina, no sorprende que se maneje con códigos similares, o que los copropietarios no hayan hecho caso de lo que tibiamente Morabito recomendó.

Como ya dije, respecto al siniestro del edificio en sí, esto no tiene consecuencias, porque el siniestro, salvo que se haya contratado una cobertura específica de derrumbe, no está cubierto. Por otra parte, la negligencia del asegurado también es motivo de exclusión, algo que en este caso parecería verificarse por haberse ignorado las recomendaciones de Morabito.

Responsabilidad Civil

 Es en esta cobertura donde las cargas se hacen más difusas. Claramente existen responsables de lo que ocurrió; el tema es individualizar quienes son. Un matutino especuló con que el suelo donde se asienta el complejo (no hay que olvidarse que la torre norte todavía sigue en pie)  tiene movimientos inusuales, por las características del terreno. De ser así, quienes construyeron el complejo tienen una responsabilidad que les va a ser difícil eludir, asumiendo que todavía existan. Si la causante del siniestro fuera la Madre Naturaleza, la responsabilidad objetiva sería de los diseñadores y constructores, pero seguiría sin afectar la póliza de Integral de Consorcio.

Morabito, que está colaborando activamente con las autoridades del condado, debió haber sido más preciso en su informe y haber presionado al consorcio para encarar los trabajos. Al momento del derrumbe, Morabito y su consultora estaban dirigiendo trabajos de reparación en el techo, pero a la fecha no se sabe a ciencia cierta qué tipo de trabajos estaban realizando, y si se estaba trabajando en reforzar y reparar los daños estructurales. Será difícil que Morabito Consultants salga indemne de esta tragedia.

El consorcio tiene una clara responsabilidad, por la negligencia en encarar los trabajos de reparación de la estructura. Es importante saber quiénes lo forman, para determinar responsabilidades. Los propietarios son responsables por las decisiones de la Asamblea. Si existe un Administrador, y este falló en sus obligaciones de asesorar a los copropietarios sobre lo que debían hacer, su responsabilidad es enorme y las consecuencias no solamente pecuniarias, sino que perdería la licencia e incluso podría ser acusado de asesinato involuntario.

El municipio de Dale también podría tener responsabilidad en el siniestro si en inspecciones anteriores, de haberlas habido, no dio la señal de alarma de que algo estaba mal y era imperativo arreglarlo.

Todavía es muy pronto para determinar quién es responsable, o quienes tienen responsabilidad compartida. Lo que es concreto es que finalmente alguien lo será y probablemente para ese momento, la noticia del derrumbe de la Champlain Towers, no será noticia de primera plana en ningún medio.

Reaseguro

En Estados Unidos, las compañías son más sólidas que los bancos, a diferencia de lo que ocurre en nuestro país, que son mayormente insolventes y tienen necesidad permanente de reaseguro.

Este siniestro en caso de haber estado cubierto, hubiese sido retenido por la aseguradora local que tuviese la póliza, sin reaseguro alguno. Lo mismo ocurre con las eventuales demandas que se originen en las responsabilidades por lo ocurrido. Las pólizas de vida, definitivamente, las afrontará el mercado local.


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