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José Miguel Onaindia: Un tema para reflexionar.

Escrito por el 19 enero, 2023

-España acaba de dictar un Real Decreto con intervención de los Ministerios de Trabajo, Cultura e Inclusión y Seguridad Social que completa el régimen legal de protección del trabajo artístico y trae soluciones sociales a un sector que la pandemia castigó duramente.

-Tres medidas se han adoptado que crean una regulación de beneficios adaptada a la especificidad de este trabajo que tiene también diferentes formas de realizarse.

-Sin dudas, la más destacable es la creación de un seguro de desempleo adaptada a la intermitencia del mercado de trabajo cultural. La cultura y las artes se caracterizan por la falta de continuidad asegurada, la imprevisibilidad del resultado, el carácter minoritario de los empleos estables.

-La regulación de un seguro de desempleo que pueda ayudar a la subsistencia durante largos y extraordinarios períodos de carencia de trabajo y que se adecue en sus exigencias a las posibilidades de aportación y tiempos de trabajo efectivo, dignifica al sector y permite subsanar la ausencia de una cobertura necesaria.

-Otro de los beneficios recibidos por beneplácito por el sector cultural fue la compatibilidad de la percepción de los beneficios de jubilación con la percepción de derechos de autor y otros trabajos artísticos esporádicos como dictado de conferencias, escritura de prólogos y actividades esporádicas y análogas.

-Si bien estas medidas no satisfacen todos los reclamos, ponen a España en el camino de completar un Estatuto del Artista, tal como se acordó por todos los partidos políticos en un acuerdo del 2018. Esta atención política y legislativa que España presta al sector es una buena señal para la política argentina, dónde la protección existe con falencias notorias en seguridad social.

-La creación de un sistema especial jubilatorio para los distintos sectores de la actividad y modalidades de prestación de trabajo se impone en un país dónde el sector cultural aporta no sólo simbólicamente a la riqueza del país.

-Los beneficios de la seguridad social como jubilaciones, seguro de desempleo, prestaciones por invalidez deben adecuarse a las singularidades de profesiones que tienen la intermitencia como rasgo común y que necesitan de leyes específicas que regulen los requisitos para la efectiva percepción de esos beneficios en igualdad de condiciones con los restantes trabajadores.

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